La Unión Europea ha prohibido el uso de un aditivo alimentario común comúnmente utilizado para producir colorantes blancos. La decisión sigue a años de controversia sobre si el dióxido de titanio representa un riesgo para la salud cuando se usa como aditivo alimentario. Aunque los funcionarios aún no han concluido si el dióxido de titanio es genotóxico cuando se usa en los alimentos, la «evidencia junto con todas las incertidumbres» impulsaron la decisión de prohibir su uso.
El dióxido de titanio se usa en una gran cantidad de productos de consumo por razones que van desde medicamentos para ayudar a prevenir la degradación de los rayos UV hasta dulces y pasteles como colorante blanco. Varios estudios anteriores han investigado si el compuesto es seguro para usar como aditivo alimentario; los resultados han sido mixtos.
A principios de este año, la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria intervino en el asunto con un nuevo estudio que no pudo determinar un límite máximo para el dióxido de titanio como aditivo alimentario. Aunque la EFSA no declaró el dióxido de titanio (también conocido como E171) genotóxico, la investigación ha planteado preocupaciones sobre este potencial, lo que significa que, en última instancia, no se puede establecer un perfil de seguridad para su uso en este momento.
Sobre la base de estos hallazgos, la Comisión Europea propuso prohibir el uso del compuesto como aditivo alimentario. Los Estados miembros se movió a favor de la propuesta y próximamente avanzará un borrador de reglamento, dejando un par de meses para una posible objeción a la decisión. Suponiendo que no se haga una objeción, la prohibición entrará en vigencia a principios de 2022.
Esta decisión puede impulsar pasos similares en otras naciones en el futuro. El dióxido de titanio está aprobado por la FDA para su uso en muchos productos, incluidos cosméticos, medicamentos y alimentos que se venden en los EE. UU. En este momento, la FDA todavía considera que el dióxido de titanio es generalmente seguro para usar como aditivo colorante para alimentos si no excede el 1 por ciento del peso total del alimento.